ORTEL: Organo Regulador de las Telecomunicaciones.

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Órgano Regulador de las Telecomunicaciones – República de

La Oficina Reguladora de las Telecomunicaciones, , tiene por objetivo primordial asesorar la coherencia legislativa y reglamentaria en materia de Telecomunicaciones, velar por el cumplimiento de las normas en dicha materia y proponer reformas institucionales para la defensa de la competencia en materia de Telecomunicaciones. Y actuara de acuerdo con los principios de legalidad, objetividad, transparencia y celeridad.

La Oficiana Reguladora de las Telecomunicaciones, ORTEL, persigue la salvaguardia, vigila las condiciones de competencia en el mercado, la protección de los usuarios, así como el cumplimiento de las condiciones de explotación y de prestación de los públicos y demás actividades de Telecomunicaciones.

La Oficina Reguladora de las Telecomunicaciones, ORTEL, actuara como órgano mediador para solucionar y dirimir, en atención a los objetivos y principios expuestos, las controversias que puedan sobrevenir entre operadores y entre estos y los usuarios, garantizando la efectividad en el funcionamiento del sector de las telecomunicaciones, la expansión y modernización de redes y servicios y la tutela efectiva de los derechos de operadores y usuarios.

FUNCIONES

Para el cumplimiento de sus fines y objetivos, la Oficina Reguladora de las Telecomunicaciones, ORTEL, estará habilitada en concreto para ejercer las siguientes funciones:

• Proponer al Ministro de Transportes, Tecnología, Correos y Telecomunicaciones el ejercicio de la facultad reglamentaria y otras disposiciones generales para la consideración del Ministro Titular.

• Dictaminar los expedientes de las concesiones administrativas de los servicios de telecomunicaciones, así como la elaboración de propuesta de resolución para la consideración del Ministro Titular.

• Dictaminar los expedientes sobre las autorizaciones establecidas en el marco de esta Ley.

• Elaborar los pliegos de condiciones que hayan de regir en la adjudicación de las concesiones de servicios públicos para su sometimiento a la autoridad competente con objeto de su aprobación y en general de los procesos de licitación de conformidad a la presente ley.

• Elaborar propuestas sobre las condiciones para la concesión de las autorizaciones de las telecomunicaciones.

• Gestionar y administrar los recursos escasos tales como el espectro de frecuencias radioeléctricas y los recursos de numeración u otros cuyo uso por prestadores de servicios tenga carácter limitado.

• Ejercer la vigilancia, supervisión y control sobre el cumplimiento por parte de los concesionarios u autorizados, o de cualquier otra entidad que explote servicios o desempeñe actividades de telecomunicaciones, de las condiciones impuestas en los títulos correspondientes.

• Proponer las sanciones oportunas en los asuntos de su competencia tanto a privados como a los órganos de la Administración del estado así como las medidas cautelares o provisionales que estime pertinentes para el mejor logro de los objetivos perseguidos.

• Diseñar y proponer las condiciones para establecer, conservar y defender la competencia entre operadores con el fin de evitar prácticas desleales, discriminatorias o anticompetitivas y abusos de posición dominante.

• Elaborar estudios sobre criterios para la clasificación de un operador como dominante, con sujeción a lo establecido en los reglamentos y al principio general de este operador dominante el que ejerce una influencia efectiva sobre precios y condiciones de explotación en un determinado mercado, como consecuencia de su situación en el mismo.

Información de Contacto:

Teléfonos : GABINETE TECNICO +240 333094291 , SECRETARIA GENERAL +240 333096166
Correo electrónico: [email protected]
Pagina web : http://www.ortel-ge.org/es/

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